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¿Listo para reabrir tu negocio? ¡Asegurate que cumples con la Ley!

Plan de Control de Exposición al COVID-19



Estoy listo para abrir y ahora ¿qué tengo que hacer? Esa es la pregunta que constantemente he recibido de numerosos patronos que llaman a nuestra oficina en busca de conocer los requisitos para abrir en este momento donde nos encontramos en una crisis sanitaria. La respuesta es que antes de llamar a tu plantilla de empleados a laborar debes crear un Plan de Control de Exposición al COVID-19 y llenar la Auto Certificación Patronal. Según la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Orden Ejecutiva 2020-038 establece que todo patrono debe desarrollar e implementar un Plan de Control de Exposición al COVID-19.





¿Qué es el Plan de Control de Exposición al COVID-19?


El Plan de Control de Exposición al COVID-19, es un documento donde el patrono detalla el plan de contingencia para la protección de los empleados en los lugares de trabajo específicamente relacionado al COVID-19. Este plan debe contener elementos esenciales como información general sobre el COVID-19, el proceso de monitoreo y cernimiento del personal previo a la entrada del trabajo, describir los métodos que se estarán implementando para la limpieza y desinfección, como los equipos que el patrono estará proveyendo para protección del personal entre otros elementos. Lo más importante es que este plan debe ser preparado de acuerdo con las particularidades del negocio y ajustado a sus empleados.


El patrono debe mantener en sus récords las evaluaciones que le haga a sus empleados de contactos previos y debe tener un procedimiento especifico para iniciar el trabajo del día. El patrono deberá considerar modificaciones en sus áreas de trabajo, medidas para el distanciamiento físico y el protocolo que debe seguir un empleado de dar positivo en los resultados de las pruebas del COVID-19.

Entre los aspectos más importantes, que le recalco mucho a nuestros clientes es que deben conservar evidencia de adiestramiento en el uso del equipo de protección personal, en torno a las medidas de limpieza, higiene y desinfección y de que le ha entregado y adiestrado a todo sus empleados sobre el plan de control de exposición.


Luego de creado este Plan de Control de Exposición es fundamental llenar al Autocertificacion Patronal provista por el Departamento del Trabajo y enviarla junto con el plan para evitar cualquier MULTA o QUERELLA de un empleado.


Si usted es un patrono que ha sido exento de los cierres de la orden ejecutiva y ha podido continuar operaciones sepa que es necesario que lo antes posible cree este Plan de Control de Exposición y cumpla con el requisito de la Orden Ejecutiva 2020-038.


Sepa como patrono, que el gobierno está orientando activamente a empleados y/o cualquier persona a presentar querellas al Departamento del Trabajo ante el incumplimiento del patrono con los elementos esenciales que debe tener el Plan de Control de Exposición.


Recientemente hemos visto como el gobierno ha comenzado a realizar operativos y visitas a diferentes negocios para ver el cumplimiento del mismo con la Orden Ejecutiva 2020-038[1].


Si necesitas crear un Plan de Control de Exposición del COVID-19 o quieres confirmar que el que tienes cumple con todos los elementos esenciales de la ley, no dudes en comunicarte con nosotros en Timothee Vega Law, LLC para ayudarte.


Puedes llamarnos al 787-764-5517 o enviarnos un email a despachotimothee@gmail.com


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